EXTENSIÓN DE LA CARRERA MÉDICA: LABOR DE GALENOS PODRÁ SER HASTA LOS 75 AÑOS

El Ministerio de Salud (Minsa) reglamentó la Ley N° 31210, que modificó el artículo 15 de la Ley de Trabajo Médico, y amplió, a solicitud del profesional, la edad de cese laboral del médico asistencial que labora en establecimientos de salud del sector público.

El reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 028-2021-SA, fija los requisitos, condiciones y procedimiento para la aplicación de la citada ley.

La finalidad es mejorar la cobertura y calidad de la atención especializada de los servicios de salud mediante la extensión voluntaria del ejercicio de la carrera médica hasta los 75 años del profesional que trabaja en los establecimientos estatales.

Acreditación

El galeno que desee extender el ejercicio de su carrera dirigirá una solicitud a su entidad empleadora. A la par, acreditará el título de segunda especialidad profesional a nombre de la nación otorgado por una universidad peruana.

En el caso de títulos otorgados por centros superiores extranjeros, deberán estar homologados o revalidados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Universitaria.

El facultativo adjuntará los certificados médicos que acrediten su adecuada condición física y mental para continuar sus actividades como especialista. Estos documentos se renovarán cada año o cuando lo pida la entidad.

Figurará también la aceptación por escrito del funcionario o responsable de la institución empleadora. El reglamento regirá para los establecimientos que brindan servicios especializados de los ministerios de Salud, de Defensa, de Educación y del Interior, así como de las universidades públicas, gobiernos regionales, Inpe y Fiscalía.

El galeno cumplirá, además, ciertas condiciones como estar nombrado en un centro de salud de las entidades antes señaladas y ocupar un puesto destinado a la labor de atención especializada. Se recalca que no será mayor de 75 años.

La solicitud del facultativo se remitirá a la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces del establecimiento donde labora, con los certificados médicos de salud física y mental, otorgados por profesionales especializados de centros de atención públicos.

Se incluirán las evaluaciones cardiológica, neurológica, oftalmológica y reumatológica. El certificado de salud mental lo otorgará un psiquiatra.

La solicitud se presentará antes de los 40 días hábiles que el médico especialista cumpla los 70 años.